Los periodos de cobro para el ejercicio 2012, serán los siguientes:
1º- Del 15 de marzo al 15 de mayo: Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y Tasas, de los Ayuntamientos que lo hayan solicitado expresamente.
2º- Del 28 de junio al 31 de agosto: Impuesto sobre bienes inmuebles, Impuesto sobre actividades económicas y todo tipo de Tasas.
3º- Del 14 de septiembre al 15 de noviembre: Residual, para el resto de padrones no incluidos en los anteriores periodos.
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